ACUERDO DEL JUEZ DE COMPETICIÓN DE LA LEPM
16 de mayo de 2022
CONSIDERANDO:
1.- Que el 16-5-2022, la empresa Aspe Pelota ha trasladado a la LEPM que el pelotari ALTUNA
III, por motivo del estado de su mano, no está en disposición de poder participar en la fecha
programada en el partido de por el 3º y 4º puesto del Campeonato Manomanista que le debía
enfrentar a JAKA.
2.- Que el reglamento de la competición no contempla la posibilidad de concesión de
aplazamientos.
3.- Que el reglamento de la competición establece que: “Si un pelotari no pudiera disputar el
partido por el 3º y 4º puesto, el partido se le dará por perdido, computándose dicho resultado a
la hora de confeccionar el ranking o clasificación de la presente edición del campeonato”.
Por lo expuesto,
ACUERDO: Determinar que JAKA ocupa la 3ª posición en el Campeonato Manomanista de la LEPM 2022,
mientras que ALTUNA III sería el 4º clasificado.
Frente a lo acordado no cabe recurso alguno.
Borja Osés García
Juez de Competición LEPM